Las personas clasificadas como no pobres o no vulnerables, de acuerdo con el Sisbén, y que no tengan la capacidad de pago para asumir el valor total de la cotización al Régimen Contributivo, deberán contribuir solidariamente al Sistema de Salud, efectuando el pago de la tarifa que determine el Ministerio de Salud y Protección Social. Lo anterior se hará en función de su capacidad de pago parcial según las definiciones del Sisbén, de conformidad con el artículo 242 del Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, "Pacto por Colombia, pacto por la equidad" – Ley 1955 de 2019.
Al efecto, el Decreto 616 de 2022 definió los términos, condiciones y procedimientos necesarios para incorporar la contribución solidaria como mecanismo de afiliación al Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, con el fin de generar una mayor corresponsabilidad y sostenibilidad de los servicios en salud, que obtendrán mayor financiamiento para sufragar los gastos que demandan mediante esta contribución solidaria.